El Gobierno formalizó este sĆ”bado la modalidad y el universo de beneficiarios del nuevo programa de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la canasta bĆ”sica Ā«Compre sin IVAĀ», que regirĆ” para las operaciones que se realicen desde el próximo lunes. Lo hizo a travĆ©s de la Resolución 1373/2023 del Ministerio de EconomĆa y la Resolución General 5418/2023 de la Administración Federal de Ingresos PĆŗblicos (AFIP), publicadas en el BoletĆn Oficial.
La normativa del Palacio de Hacienda encomienda a la AFIP ampliar el universo de beneficiarios del actual rĆ©gimen de reintegros previsto en la ley 27.467 y la Resolución General 4.676/2023, asĆ como el porcentaje de reintegro y su lĆmite mensual.
La medida, que devolverĆ” el 21% del IVA de los productos de la canasta bĆ”sica, tendrĆ” un tope de devolución de $18.800 y abarcarĆ” a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios MĆnimos, Vitales y Móviles, y quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un mĆ”ximo de seis haberes mĆnimos.
De esta forma, el tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores serĆ” de $708.000 y de $524.758,56 para los jubilados.
TambiĆ©n podrĆ”n acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares encuadradas en el rĆ©gimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorĆas y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo.
Quedan exceptuados los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, siempre y cuando no paguen el tributo solo por la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos.
Hasta hoy el reintegro, de solo el 15% del IVA, regĆa Ćŗnicamente para jubilados de hasta tres haberes mĆnimos (con tope de $ 18.000 mensuales) y beneficiarios de las asignaciones universales por hijo (AUH), por embarazo (AUE) y pensiones no contributivas, con techo, en estos tres Ćŗltimos casos, de $ 4.056.
Cómo acceder al beneficio
Para acceder al beneficio se deberĆ” abonar con tarjeta de dĆ©bito fĆsica de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o a travĆ©s de pagos con dĆ©bito con códigos QR.
Luego de la transacción, el monto serĆ” reintegrado a la cuenta bancaria asociada a dicha tarjeta en un mĆ”ximo de 48 horas: dentro de las 24 horas para las compras realizadas entre las 0:00 y las 17 del mismo dĆa, y dentro de las 48 horas para las realizadas despuĆ©s de las 17 horas.
Una vez realizados los reintegros, estos aparecerÔn en los resúmenes de cuenta de cada mes con el identificador «Reintegro programa Compre sin IVA».
Se podrĆ” acceder al beneficio en los comercios registrados ante la AFIP bajo 25 nomencladores de actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, fiambrerĆas, almacenes, dietĆ©ticas, carnicerĆas, pescaderĆas, verdulerĆas, mercados y puestos móviles; y comercios alimenticios especializados.
La iniciativa se extenderÔ hasta el 31 de diciembre próximo, aunque el Poder Ejecutivo elevarÔ un proyecto de ley para reducir de forma permanente la carga tributaria que recae sobre los bienes de la canasta bÔsica.
De esta forma, se busca «mejorar el ingreso disponible y, consecuentemente, la capacidad de compra de los sectores mÔs vulnerables, quienes destinan al consumo de bienes de primera necesidad, la totalidad o gran parte de los ingresos», señalan los considerandos de la resolución.
Dado que los impuestos indirectos «tienen un alto impacto en quienes destinan mayor proporción de su ingreso al consumo», la medida busca «disminuir ese efecto, atenuando la regresividad del sistema».
Para instrumentar el beneficio, la AFIP pondrĆ” a disposición los datos de los beneficiarios (CUIT o CUIL) a las entidades que administran los sistemas de tarjetas de dĆ©bito, en base a la información que suministre mensualmente, hasta el dĆa 25 de cada mes, el propio organismo tributario y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
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