El Gobierno formalizó este sÔbado la modalidad y el universo de beneficiarios del nuevo programa de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la canasta bÔsica «Compre sin IVA», que regirÔ para las operaciones que se realicen desde el próximo lunes. Lo hizo a través de la Resolución 1373/2023 del Ministerio de Economía y la Resolución General 5418/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicadas en el Boletín Oficial.

La normativa del Palacio de Hacienda encomienda a la AFIP ampliar el universo de beneficiarios del actual régimen de reintegros previsto en la ley 27.467 y la Resolución General 4.676/2023, así como el porcentaje de reintegro y su límite mensual.

La medida, que devolverÔ el 21% del IVA de los productos de la canasta bÔsica, tendrÔ un tope de devolución de $18.800 y abarcarÔ a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, y quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un mÔximo de seis haberes mínimos.

De esta forma, el tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores serĆ” de $708.000 y de $524.758,56 para los jubilados.

También podrÔn acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo.

Quedan exceptuados los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, siempre y cuando no paguen el tributo solo por la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos.

Hasta hoy el reintegro, de solo el 15% del IVA, regĆ­a Ćŗnicamente para jubilados de hasta tres haberes mĆ­nimos (con tope de $ 18.000 mensuales) y beneficiarios de las asignaciones universales por hijo (AUH), por embarazo (AUE) y pensiones no contributivas, con techo, en estos tres Ćŗltimos casos, de $ 4.056.

Cómo acceder al beneficio

Para acceder al beneficio se deberÔ abonar con tarjeta de débito física de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o a través de pagos con débito con códigos QR.

Luego de la transacción, el monto serÔ reintegrado a la cuenta bancaria asociada a dicha tarjeta en un mÔximo de 48 horas: dentro de las 24 horas para las compras realizadas entre las 0:00 y las 17 del mismo día, y dentro de las 48 horas para las realizadas después de las 17 horas.

Una vez realizados los reintegros, estos aparecerÔn en los resúmenes de cuenta de cada mes con el identificador «Reintegro programa Compre sin IVA».

Se podrÔ acceder al beneficio en los comercios registrados ante la AFIP bajo 25 nomencladores de actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías, verdulerías, mercados y puestos móviles; y comercios alimenticios especializados.

La iniciativa se extenderÔ hasta el 31 de diciembre próximo, aunque el Poder Ejecutivo elevarÔ un proyecto de ley para reducir de forma permanente la carga tributaria que recae sobre los bienes de la canasta bÔsica.

De esta forma, se busca «mejorar el ingreso disponible y, consecuentemente, la capacidad de compra de los sectores mÔs vulnerables, quienes destinan al consumo de bienes de primera necesidad, la totalidad o gran parte de los ingresos», señalan los considerandos de la resolución.

Dado que los impuestos indirectos «tienen un alto impacto en quienes destinan mayor proporción de su ingreso al consumo», la medida busca «disminuir ese efecto, atenuando la regresividad del sistema».

Para instrumentar el beneficio, la AFIP pondrÔ a disposición los datos de los beneficiarios (CUIT o CUIL) a las entidades que administran los sistemas de tarjetas de débito, en base a la información que suministre mensualmente, hasta el día 25 de cada mes, el propio organismo tributario y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

+NOTIFY: El Gobierno prepara ā€œSimpleā€, un proyecto de alivio fiscal para autónomos