La Corte de Justicia de Catamarca dictĂ³ un fallo histĂ³rico que ordena suspender la actividad minera de litio en el Salar del Hombre Muerto. La decisiĂ³n se tomĂ³ en el marco de una causa iniciada por el cacique RomĂ¡n ElĂ­as GuitiĂ¡n, representante de la Comunidad Originaria Atacameños, y responde a la constataciĂ³n de daño ambiental en el rĂ­o Trapiche.

Las pruebas presentadas por la comunidad indĂ­gena demostraron que la actividad minera de la empresa Livent habĂ­a provocado la desecaciĂ³n de la vega del rĂ­o Trapiche. La compañía habĂ­a construido un dique improvisado para tomar agua y redirigirla a su planta, utilizando un volumen considerable de 650 mil metros cĂºbicos por hora.

El fallo judicial:

  • Ordena a la provincia de Catamarca que se abstenga de otorgar nuevos permisos y/o autorizaciones para la explotaciĂ³n de litio en la zona del rĂ­o Los Patos y Salar del Hombre Muerto.
  • Exige la realizaciĂ³n de un nuevo estudio de impacto ambiental «acumulativo e integral» que abarque todos los proyectos de litio en la zona.
  • Dispone el libre acceso a la informaciĂ³n para la Comunidad Atacameños y la poblaciĂ³n de Antofagasta de la Sierra.

Un contexto complejo:

La decisiĂ³n de la Corte se produce en un contexto de creciente interĂ©s por el litio argentino, un mineral estratĂ©gico para la transiciĂ³n energĂ©tica. Empresas como Tesla, propiedad del magnate Elon Musk, estĂ¡n invirtiendo en la extracciĂ³n de litio en el paĂ­s.

La falta de consulta previa e informada:

Es importante destacar que la comunidad indĂ­gena no fue consultada previamente sobre la instalaciĂ³n de las empresas mineras, tal como lo exige el Convenio 169 de la OIT. Este fallo judicial representa un paso importante en la defensa de los derechos de los pueblos indĂ­genas y del medio ambiente.