En un fallo inédito, la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Zárate-Campana resolvió que las representaciones de abuso sexual infantil generadas o modificadas por IA son igualmente ilegales y dañinas que las imágenes reales. Esto incluye fotos y videos que no involucran víctimas reales identificadas, pero que reproducen situaciones sexuales explícitas con menores.
El tribunal fundó su decisión en la interpretación del artículo 128 del Código Penal, modificado por la Ley 27.436 que penaliza la producción, distribución y facilitación de representaciones de menores en actividades sexuales explícitas, sin importar el medio o la naturaleza real o ficticia de las imágenes. El concepto de «representación» abarca así cualquier imagen o idea que sustituya a la realidad.
La necesidad de una legislación específica y actualizada
Especialistas en derecho y ciberseguridad, como Daniel Monastersky de la Universidad Austral, señalan que la creación de material sexualizado de menores mediante IA representa una violación grave a la privacidad y derechos de los niños, y exigen una actualización normativa que contemple explícitamente estos casos.
Por su parte, el fiscal Lucas Moyano resaltó la urgencia de que Argentina adopte leyes similares a la estadounidense «Take It Down», que sanciona la creación y difusión no consentida de «deepfakes» sexuales.
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